Inversión en el agroindustrial

CONGO DE OPORTUNIDADES Inversión en el agroindustrial

Beneficios otorgados a los inversores del sector agropecuario y agroindustrial en la RD Congo

Código de inversión

Tipos de beneficios otorgados

  1. Exención del impuesto sobre la renta profesional (impuesto de sociedades);
  2. Exención del impuesto a la propiedad;
  3. Exención total de derechos de entrada de equipos y otros materiales (nuevo) y esto, excluyendo el impuesto administrativo del 2%;
  4. Exención de derechos proporcionales (solo para sociedades de capital);
  5. Exención de derechos de exportación para productos terminados.

Duración de los beneficios otorgados

Condiciones de elegibilidad para los beneficios del Código de Inversiones

  1. Ser una entidad económica de derecho congoleño;
  2. Garantizar una tasa de valor agregado de al menos 35%;
  3. Garantizar la disponibilidad del costo de inversión: 10,000 a 200,000 USD, para PYMES/PYMES y más de 200.000 USD para grandes empresas;
  4. Invertir en uno de los sectores de actividad elegibles para el Código de Inversiones incluyendo la industria.
  5. Presentar ante Gobierno, el proyecto de inversión presentado de acuerdo al modelo legal anexado al Código de Inversiones, con constancia de pago de los costos de depósito, etc.

 Tasas de presentación

Régimen de asociación estratégica en la cadena de valor

Código Agrícola

  1. Gastos relacionados con el mantenimiento del tramo de carretera que une la concesión del agricultor a la vía pública son deducibles de la base imponible;
  2. Los agricultores se benefician de una tasa preferencial en el consumo de agua, energía eléctrica y derivados del petróleo;
  3. Consumo con fines agrícolas de agua y energía producido por el propio operador está exento de todos los derechos e impuestos;
  4. Se autoriza al operador agrícola industrial a constituir una exención de impuestos, una provisión que no supere el 3% de la facturación del ejercicio para la rehabilitación de tierras cultivables explotables, la prevención de grandes riesgos y calamidades agrícolas. Esta disposición se utiliza en un período de dos años; en caso contrario, se reintegra a la base imponible del año siguiente a la expiración del plazo definido anteriormente;
  5. Excluyendo las tasas administrativas, los insumos agrícolas importados destinados exclusivamente a actividades agrícolas están exentos de derechos e impuestos de importación;
  6. Los productos agrícolas están exentos de derechos e impuestos a la exportación;
  7. Las tasas y derechos por los servicios prestados por los organismos públicos que intervienen en los pasos fronterizos no podrán exceder
  8. 0,25% del valor de los productos exportados;
  9. Áreas construidas y no construidas destinadas exclusivamente a la operación la agricultura está exenta del impuesto a la propiedad;
  10. Todo el material rodante destinado exclusivamente a operaciones agrícolas es exento de impuestos.

Obtención de una concesión agrícola

  1. El derecho de uso de un fondo de tierras se denomina “concesión”. No lo es establecido legalmente solo por un certificado de registro de la tierra otorgado por el Estado. Es inexpugnable después de 2 años desde su establecimiento.
  2. Hay dos tipos de concesiones: la concesión perpetua, reservada
  3. Concesiones congoleñas (sin límite de tiempo) y ordinarias, accesibles a congoleños y extranjeros (por un período de 25 años renovable sin límites).

Para obtener una concesión ordinaria de aprovechamiento agrícola, se siguen los siguientes pasos:

Paso general

  1. Identificación del terreno (comuníquese con el Ministerio de Asuntos Territoriales o
  2. Gobierno provincial);
  3. Firma de un convenio con la autoridad consuetudinaria del lugar, contra pago una suma de dinero y bienes materiales conforme a la costumbre;
  4. Levantamiento y deslinde de terrenos baldíos por los servicios del Estado competentes (servicios locales del Ministerio de Agricultura y del Ministerio de propiedad);
  5. Firma del contrato de concesión (Custodio de los Títulos Inmobiliarios de la primavera);
  6. Expedición del certificado de registro por parte del Registrador de títulos de propiedad de la jurisdicción.

Paso específico

  1. Dependiendo del área a adquirir, para la aprobación del contrato de concesión intervienen las siguientes autoridades competentes:
  2. El contrato debe ser aprobado por ley para lotes de tierra iguales o mayores a 2000 ha;
  3. El contrato debe ser aprobado por orden del Presidente de la República para parcelas mayores de 1000 ha y menores de 2000 ha;
  4. El contrato debe ser aprobado por el Ministerio de Asuntos Territoriales para los lotes de tierra de más de 200 hectáreas que no excedan las 1000 hectáreas;
  5. El contrato debe ser firmado por el Gobernador Provincial para bloques de tierra igual o inferior a 200 ha. El Gobernador Provincial podrá delegar sus facultades en el Registrador de Títulos Inmobiliarios para terrenos menores de 50 ha.